El gobernador Pedro Rafael Pierluisi Urrutia, presentó el martes, ante la Asamblea Legislativa, el Proyecto de Administración 82 para incluir a más funcionarios de gobierno en el marco legal de investigaciones que puede realizar el Departamento de Justicia y posteriormente referirlos a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI).
“La corrupción es un mal que continúa afectando a nuestra sociedad y socavando la confianza de los ciudadanos en nuestras instituciones. Mi gobierno está comprometido con seguir aumentando las iniciativas dirigidas a acabar con este mal social. Tenemos cero tolerancia contra la corrupción y estamos trabajando unidos el gobierno estatal y federal para asegurar que no haya impunidad contra quienes cometan actos ilícitos”, sostuvo el gobernador en declaraciones escritas.
Esta es una del paquete de 12 medidas presentadas incluyendo la propuesta para elevar a rango de ley la recolección de evidencia forense de violencia sexual tal y como lo recomendó el Comité de Prevención, Apoyo, Rescate y Educación (PARE). Igualmente, entre las iniciativas legislativas se busca establecer estrategias puntuales para eliminar burocracia en procesos de credencialización y recredencialización de profesionales de la salud ante aseguradoras y concesión de estatus transitorio a regular a empleados que por cinco años o más han realizado funciones de puestos permanentes.
En torno al Proyecto de Administración 82 se enmienda la Ley de la OPFEI para ampliar el marco legal de investigaciones a legisladores municipales, el Procurador del Ciudadano (Ombudsman), el presidente o la presidenta de la Universidad de Puerto Rico (UPR) y rectores, así como cualquier otro funcionario que por la naturaleza de sus funciones pueda ser equiparado a un jefe o subjefe de agencia. También, a cualquier persona natural o jurídica que se considere autor, o cooperador y que haya tomado parte en el mismo evento o transacción que se le impute a los funcionarios antes enumerados.
De igual forma, se incluye a toda persona que haya ocupado cualesquiera de los cargos previamente descritos, a quien se le impute la comisión de cualquier delito grave y menos grave incluido en la misma transacción o evento, o delito contra los derechos civiles, la función pública o al erario, sujeto a que la designación del Fiscal Especial Independiente se haga dentro de los cuatro años siguientes a la fecha en la que el individuo cesó en su cargo. Sin embargo, la fijación de este plazo en nada altera el término prescriptivo de la acción criminal que corresponda contra el funcionario o individuo.
En la pieza legislativa, se explica que las investigaciones preliminares que realiza el Departamento de Justicia sean en los casos en los que se obtengan una querella jurada, un informe, información bajo juramento en el curso de la evaluación inicial que a juicio del secretario constituyan causa suficiente para investigar si se han cometido delitos grave y menos grave incluidos en la misma transacción o evento, o algún delito contra los derechos civiles, la información pública o el erario.
En caso de que el Departamento de Justicia determine que se debe realizar una investigación preliminar, la misma se deberá completar en un periodo que no exceda los 120 días que pueden ser prorrogar por 90 adicionales. Durante este periodo, el Departamento no podrá conceder inmunidad a los funcionarios o personas contempladas en la propuesta de ley y que sean objeto de investigación, excepto en los casos en el que autor o coautor se convierta en testigo del pueblo.
Violencia de género
Por otra parte, mediante lo que sería la Ley del Portal Electrónico de Rastreo del Equipo de Recolección de Evidencia Forense de Violencia Sexual, propuesto en el Proyecto de Administración 84, se eleva a rango de ley el procedimiento para crear sistemas, protocolos y trámite evidenciario para los safe kits, atender mejor a las víctimas de agresión sexual y mejorar el trámite de estos casos en los tribunales. Una vez firmada esta ley, la política pública del Gobierno será garantizar a todas las víctimas de delitos sexuales con y sin querella, el poder conocer el estatus, manejo, retención, análisis y resultado de las pruebas de ADN de los equipos de Recolección de Evidencia Sexual.
A su vez, se crearía un portal electrónico de seguimiento estatal, y administrado por el Instituto de Ciencias Forenses (ICF) que garantice que las víctimas de delitos sexuales puedan recibir información precisa relacionada a su Equipo de Recolección de Evidencia Sexual mediante el número icónico del kit de su caso. La información siempre protegerá la identidad y privacidad de las víctimas y tanto el ICF, como el Centro de Ayudas a Víctimas de Violación (CAVV), hospitales y el Negociado de la Policías, serán los entes responsables de suministrar la información necesaria para nutrir el portal.
Sobre este tema, el gobernador indicó que “la deplorable conducta de agredir sexualmente a otra persona, debe ser combatida en todos los frentes para poder lograr una sociedad que priorice la dignidad de todo ser humano”. De hecho, Pierluisi, por recomendación del Comité PARE, también presentó el Proyecto de Administración 85 para declarar el mes de abril de cada año como el Mes de la Prevención sobre Casos de Violencia Sexual en Puerto Rico.
Menos burocracia con aseguradoras de salud
Para simplificar y evitar redundancias entre las aseguradoras de salud y eliminar la necesidad de que médicos y profesionales de esta industria sean credencializados o recredencializados varias veces por diferentes planes médicos privados y que brindan servicios bajo el Plan Vital, el gobernador presentó el Proyecto de Administración 81 a esos fines.
Tan pronto el Proyecto se convierta en ley, el Departamento de Salud desarrollará un proceso uniforme que incluye la adopción de un formulario electrónico estandarizado para la credencialización y recredencialización de los proveedores que ofrecen servicios a los beneficiarios del Plan Vital y planes médicos privados. Con este formulario, que se realizará de acuerdo con los parámetros promulgados por el Centers for Medicare and Medicaid Services, se reducirá la necesidad de que los profesionales de la salud completen múltiples formularios que cumplen el mismo propósito reduciendo así sus respectivas cargas administrativas. Por lo tanto, ningún asegurador de salud o su intermediario podrá requerir que un profesional o institución de servicios de salud presente información adicional o distinta.
Para cumplir con lo dispuesto, el Departamento de Salud creará un comité de credenciales integrado por cinco personas que practiquen la medicina y otras profesiones de la salud. Una vez los solicitantes entreguen toda la información, el comité tendrá 30 días para evaluarla. Transcurrido este término y de la solicitud no haber sido objetada, la acreditación o reacreditación se considerará aprobada. Tanto el Departamento, como la ASES y la Oficina del Comisionado de Seguros deberán promulgar o enmendar las normativas necesarias para lograr los objetivos de ley.
De transitorio a permanente
Para conceder estatus regular en el servicio de carrera a los empleados transitorios que realizan funciones de puestos permanentes y llevan más de cinco años de esta manera, el gobernador presentó el Proyecto de Administración 91. Este estatuto se ejecutará siempre y cuando el puesto de carrera esté vacante, los solicitantes cumplan con los requisitos de preparación y experiencia y la autoridad nominadora certifique que su desempeño ha sido favorable.
Según dispuesto, todo empleado transitorio que haya ocupado hasta el 31 de diciembre de 2022 un puesto de duración fija con funciones permanentes del servicio de carrera por cinco años, lo que implica que, de estar vacante el puesto, ha superado con creces el periodo probatorio del mismo, pasará a ocupar, desde el 1 de julio de 2023, el puesto de manera permanente con estatus regular, o uno similar al que ocupaba.
Una vez el Proyecto sea ley, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH), tendrán 60 días laborables para adoptar un reglamento conjunto, así como las normas generales y especiales que regirán la concesión de estatus regular a los empleados transitorios elegibles.
Por otra parte, mediante el Proyecto de Administración 83 se restituye a la OATRH la facultad y la función de habilitar para ocupar puestos públicos a personas “inelegibles” para ingreso o para contratos en el servicio público a tenor con el ordenamiento jurídico vigente.
Reinserción exconfinados
En aras de fomentar la reinserción de los confinados a la libre comunidad como personas productivas y útiles, el gobernador presentó el Proyecto de Administración 87 para permitir el empleo de exconfinados en municipios por lo que se restituye la facultad del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) de expedir el Certificado de Rehabilitación y Capacitación para Trabajar.
No podrán participar de empleos en los municipios los exconfinados que forman parte de los Registros de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores o del Registro de Personas Convictas por Corrupción y Delitos Relacionados, los que hayan incurrido en conducta deshonrosa y hayan sido destituidos del servicio público por causa que les inhabilite. Tampoco estarán en consideración quienes fueran convictos por delitos que implique depravación moral o infracción de los deberes oficiales, adictos al uso habitual y excesivo de sustancias controladas o bebidas alcohólicas y hayan sometido o intentado someter información falsa o engañosa en solicitudes de examen o de empleo.
Sin embargo, de presentarse alguna de las circunstancias descritas, estas nos aplicarían cuando el candidato haya sido habilitado para el servicio público por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) o cuando este ostente un Certificado de Rehabilitación y Capacitación para Trabajar.
Otra medida presentada por Pierluisi es el Proyecto de Administración 88 para eliminar del pago del Impuesto de Ventas y Uso (IVU) todos los artículos que se vendan para uso de los confinados en las comisarías de las instituciones carcelarias y que cuentan con el aval del DCR. La mayoría de estos son productos básicos y de primera necesidad que los confinados obtienen mediante compras que son debitadas de una tarjeta electrónica y que actualmente están sujetos al pago del IVU.
Otras medidas
Asimismo, se presentó el Proyecto de Administración 92 que actualiza las disposiciones de la Ley de Coparticipación del Sector Público y Privado para la Nueva Operación de Vivienda, para viabilizar que más familias puedan acceder a una vivienda asequible.
Por otra parte, con el Proyecto de Administración 89 se eleva a rango de ley la Biblioteca Presupuestaria y Gerencial Miguel Rodríguez Fernández de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) la cual tiene una colección de documentos de presupuesto de nuestro gobierno de todo el Siglo XX y del presente.
Otros Proyectos de Administración presentados fueron el 86 y la 90 con los cuales se pretende viabilizar la configuración de la Junta Examinadora de Geólogos de Puerto Rico y la Junta de Contratistas de Servicios de Impermeabilización, Sellado y Reparación de Techos de Puerto Rico, respectivamente. Con estas medidas se busca poder continuar mejorando los servicios que ofrece el Departamento de Estado en la reglamentación de las distintas profesiones que requieren licencia de nuestro gobierno.
Documentos: PC A-22-087 PC A-22-085 PC A-22-083 PC A-22-081