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Seis meses de cárcel a personas que hagan actividades peligrosas durante emergencias

PorNotiséis  -
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Foto de archivo

La Cámara de Representantes aprobó a viva voz el jueves una medida que impone una penalidad de hasta seis meses de cárcel a toda persona que se exponga a actividades peligrosas, y que como consecuencia requiera la atención por parte de las autoridades durante una emergencia o desastre decretado mediante orden ejecutiva del gobierno.

El Proyecto de la Cámara 334 fue presentado en enero de 2021 por la representante del Partido Nuevo Progresista Yashira Lebrón Rodríguez. Específicamente, la pieza legislativa hace referencia en su exposición de motivos al caso de dos jóvenes que fueron rescatados después de que quedaron atrapados por la crecida del río Toro Negro, en Ciales, en medio del paso de la tormenta tropical Laura por Puerto Rico.

Según el proyecto, los rescatistas tuvieron que dedicar largas horas a atender la situación provocada por la temeridad de estas personas al desafiar a la naturaleza y decidir ir a pescar en un río, a pesar de que existía una emergencia decretada mediante orden ejecutiva.

“No es una legislación vaga. Es una legislación y una preocupación no solo del director, sino del personal de la agencia de manejo de emergencias (Negociado de Emergencias y Administración de Desastres)”, afirmó Lebrón Rodríguez.

“Si hay decretada una orden ejecutiva por una emergencia o un desastre establecido por el gobernador de Puerto Rico y las personas, lamentablemente, no siguen las instrucciones, y exponen al personal (de rescate), por eso estamos radicando la medida”, expresó.

La medida recibió el voto en contra de las delegaciones del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y Proyecto Dignidad (PD) al señalar que la propuesta legislativa representa sanciones muy severas, por lo que recomendaron campañas de educación y orientación para atender esta problemática.

Además del tiempo de cárcel de un máximo de seis meses, cualquier ciudadano que viole las disposiciones de la medida también se expone a una multa no menor de 5 mil dólares y no mayor de 10 mil dólares o ambas penas a discreción del tribunal.

Será sancionada toda persona que dé un aviso o una falsa alarma, a sabiendas de que la información es falsa, en relación a la inminente ocurrencia de una catástrofe en Puerto Rico; no acate las órdenes de desalojo de la población civil emitidas por el Departamento de Seguridad Pública (DSP) o sus negociados; obstruya medidas preventivas ordenadas por el gobernador gobernadora; y persista en realizar cualquier actividad que ponga en peligro su vida o la de otras personas después de haber sido alertada o prevenida por las autoridades.

También, será penalizada toda persona que incumpla, desacate o desobedezca un toque de queda mientras esté vigente un estado de emergencia o desastre en la isla. Durante la evaluación de la medida, el DSP indicó en sus comentarios escritos que no avalan la medida según está redactada.

Las delegaciones del Partido Nuevo Progresista (PNP) y el Partido Popular Democrático (PPD) avalaron la medida.

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