(CyberNews) – El Tribunal de Primera Instancia de San Juan falló a favor del Partido Nuevo Progresista (PNP) en la controversia sobre la dirección para recibir las papeletas del voto adelantado o por correo, trascendió el miércoles.
El Comisionado Electoral del PNP, Aníbal Vega Borges, informó que, tras la vista ante el juez Raúl Candelario López, se mantendrá la opción original que permite al elector seleccionar la dirección donde desea recibir las papeletas, sea su domicilio registrado en la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) o una dirección alterna.
“La voluntad del elector prevalece, como debe ser. El juez determinó que el ciudadano tiene el derecho inviolable de decidir dónde recibirá sus papeletas, lo que respalda nuestro planteamiento”, expresó Vega Borges en declaraciones escritas.
La controversia surgió luego de que la presidenta alterna de la CEE, Jessika Padilla Rivera, intentara enmendar la resolución original para que las papeletas solo se enviaran a la dirección registrada en la CEE, sin importar las circunstancias personales del elector. Esta enmienda fue impugnada por el PNP, que argumentó que dicha medida limitaba injustamente la flexibilidad del votante.
La comisionada electoral del Partido Popular Democrático (PPD), Karla Angleró González, había presentado un recurso de revisión ante el mismo tribunal, argumentando que la enmienda afectaba especialmente a electores en circunstancias especiales, como los residentes en casas de alojamiento o aquellos que enfrentan dificultades de salud. Angleró afirmó que la negativa de permitir el uso de direcciones alternas violaba el derecho al voto de esos ciudadanos, tal como lo permite el Código Electoral.
Angleró González advirtió que la decisión original de la CEE podría excluir a un número significativo de electores del proceso si no se corregía a tiempo, y solicitó que se respetara la realidad de aquellos que no pueden estar en su domicilio registrado el día de las elecciones.