Supremo ordena no se divulguen las grabaciones del caso Andrea Ruiz

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Foto de archivo

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó el lunes que no se divulguen los audios de la sala especializada en violencia doméstica en el caso de Andrea Ruiz Costas, asesinada a manos de su expareja Miguel Ocasio Santiago, esto ante una solicitud de reconsideración emitida por la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO).

“Resolvemos que no procede la solicitud de información que presentó la referida asociación y proveemos no ha lugar a esta. Por consiguiente, se deja sin efecto la vista que el Tribunal de Primera Instancia señaló para mañana martes. Resuelto este asunto, se devuelve el caso a ese foro para que continúen los procedimientos de forma compatible con lo resuelto aquí”, reza la sentencia.

El 7 de mayo de 2021, la ASPPRO presentó una Moción de solicitud de regrabación en el Tribunal de Primera Instancia, Sal Superior de Caguas. En síntesis, solicitó la divulgación de los procesos judiciales celebrados durante los días 25, 26 y 31 de marzo de 2021 en el caso Pueblo y Miguel Ocasio Santiago, supra.

En su petitorio, la ASPPRO arguyó que su solicitud se distingue de lo resuelto por este Tribunal en Ex Parte: Overseas Press Club, supra, porque ahora se solicita que de las grabaciones se eliminen les partes sensitivas del testimonio de la joven Andrea Ruiz Costas.

Además, enfatizaron que los familiares de Ruiz Costas se han expresado públicamente a favor de la divulgación del audio.

“¿Que se pretende esconder? La norma general es que los procesos judiciales son públicos y –a menos que exista un interés apremiante del Estado– se toman las providencias para limitar ese, acceso. En este caso, como en todos lo casos similares que refleja la jurisprudencia, la balanza se inclina hacia el acceso y la transparencia. No hay razón para que en este caso aplique una norma en blanco de confidencialidad. Por eso, las grabaciones tienen que hacerse públicas. El País y la familia de Andrea así lo claman. Como indiqué,] ellos deben escucharlas primero y expresar si objetan que se divulgue algún fragmento pues la dignidad de Andrea y su memoria no termina con su muerte.’ Luego, le toca el turno de escucharlas al País. Es imperativo hacerlo. No hay nada que esconder”, expuso en su opinión disidente, la jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez.

“La voz de Andrea fue silenciada. El reclamo de la prensa fue ignorado. Y hoy el reclamo de la familia de Andrea fue abruptamente rechazado, sin ser escuchados, sin ser atendidos, sin concederle tiempo razonable a nadie”, dijo en disidencia, el juez asociado Luis Estrella Martínez.

“Somos de la opinión que las grabaciones de las vistas judiciales celebradas en la Región Judicial de Caguas los días 25, 26 y 31 de marzo de 2021, a las que previamente hemos hecho referencia, tenían que ser entregadas a los familiares de Andrea y a los gremios de periodistas (Overseas Press Club y ASSPRO) que las han solicitado. Lamentablemente, no fue así. El manto de secreto absoluto se impuso”, dijo por su parte, el juez asociado Ángel Colón Pérez, en su opinión disidente.

Ruiz Costas, de 35 años, realizó gestiones en el Centro Judicial de Caguas, pero una decisión de la juez municipal Ingrid Alvarado Rodríguez no le concedió una orden de arresto contra su expareja, Miguel Ocasio Santiago.

Éste terminó asesinando el 29 de abril de 2021 a Ruiz Costas.

El Tribunal Supremo, en una decisión dividida, rechazó la divulgación peticionada por el gremio periodístico al alegar que provocaría una revictimización.