El personal de la agencia federal de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP en inglés) emitió el miércoles un recordatorio público de los requisitos de notificación para embarcaciones privadas de recreo al regresar a Puerto Rico y las Islas Vírgenes estadounidenses.
El recordatorio se da luego que en días reciente se diera a conocer la llegada de embarcaciones privadas en diversas costas de la isla, en medio de la emergencia por la pandemia del COVID-19.
“Los operadores embarcaciones de recreo que llegan a los Estados Unidos desde un puerto o lugar extranjero deben, por ley, informar su llegada a CBP de inmediato. Una vez que el capitán del barco informa la llegada, los oficiales de CBP brindan más orientación sobre el siguiente paso en la inspección”, alertó en declaraciones escritas, Roberto Vaquero, Subdirector de Operaciones de Campo para la Seguridad Fronteriza en Puerto Rico y el Islas Vírgenes estadounidenses.
CBP emite recordatorio sobre la notificación de entrada para botes en #PuertoRico y #USVI. Se advierte de requisitos de gobiernos locales ante la emergencia de #COVID19. Penalidades severas por eludir notificación. Lea más, en español en: https://t.co/UnsZPo651K #CBPenespañol pic.twitter.com/YKtH6WPPOY
— CBP Caribbean (@CBPCaribbean) April 1, 2020
Indicó que los oficiales de CBP no participan en exámenes de salud. Los oficiales de CBP usan una combinación de registros de historial de viajeros, preguntas, observaciones, y declaraciones para identificar individuos que pueden ser remitidos a exámenes de salud por los Centros para el Control de Enfermedades (CDC en inglés).
Advirtió que no informar puede resultar en sanciones civiles como se define en el Título 19, Sección 1436 del Código de Estados Unidos, para incluir una multa de 5,000 dólares por la primera violación y 10,000 dólares por cada violación posterior con el transporte, sujeto a confiscación y decomiso. Además, para ser responsable de una sanción civil, cualquier capitán de embarcación que cometa una violación intencionalmente según el inciso (a) de la sección mencionada anteriormente, al ser condenado, es responsable de una multa de no más de 2,000 dólares o prisión por un año o ambas penas.
Asimismo, indicó que en Puerto Rico, los navegantes que reporten su entrada de conformidad con las pautas federales, recibirán la información de contacto del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al (787) 724-5700 o (787) 771-1124.
Detalló que a solicitud del gobierno de Puerto Rico, los oficiales de CBP transmitirán los números de teléfono proporcionados por la DRNA una vez que se complete nuestro proceso de inspección.
Para facilitar la presentación de informes, la aplicación CBP ROAM es una aplicación móvil gratuita disponible que ofrece una opción para que los navegantes de recreo informen su entrada de Estados Unidos a CBP a través de su teléfono inteligente personal o una tableta ubicada en negocios locales.
Para cualquier pregunta o inquietud acerca de la aplicación CBP ROAM, envíenos un correo electrónico a cbproam@cbp.dhs.gov.
Los teléfonos seguirán estando disponibles para informar la llegada de la entrada durante la implementación de ROAM. Si tiene algún problema con ROAM, póngase en contacto con su puerto de entrada más cercano.
- Puerto Rico 1 (877) 529-6840
- St. Thomas 1 (877) 305-8774
- St. John 1 (877) 305-8773
- St. Croix 1 (340) 719-2857
Para confidencias de actividad ilícita, comuníquese con CBP al 1(800)981-1313.