El gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó el Proyecto de la Cámara 2112 para centralizar las compras en el Gobierno de Puerto Rico mediante una sola Junta de Subastas, a fin de lograr ahorros millonarios al adquirir mayor volumen de bienes y servicios a mejores precios.

Dicho proyecto —el cual crea la Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019— es de la autoría del presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez Núñez.

“Con esta medida se desalienta la corrupción al constituirse una sola Junta de Subastas, compuesta por profesionales que no forman parte del Gobierno. Esto dará total independencia a ese cuerpo al eliminar las juntas de subastas en todas las agencias instrumentales públicas, las cuales son presididas en muchos casos por empleados de confianza que responden a los jefes de las entidades públicas”, señaló el primer ejecutivo.

Rosselló Nevares agregó que “esta nueva política pública producirá ahorros de casi $77 millones para el 2020, mientras que la centralización del proceso permitirá la eliminación de cerca de 25,000 contratos duplicados”.

Se informó que la ley dispone que ningún miembro de la Junta de Subastas podrá adjudicar asuntos en los cuales tenga algún interés personal directo o indirecto; o que esté relacionado a cualquiera de las partes solicitantes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

La medida establece mecanismos de adquisición que fomentan la transparencia gubernamental y una sana competencia entre los licitadores; y adopta los mismos métodos de licitación incluidos en el Modelo de Compras del Colegio de Abogados de los Estados Unidos (ABA, por sus siglas en inglés), a fin de simplificar el proceso de compras.

El Gobierno de Puerto Rico y las corporaciones públicas, salvo aquellas exentas, deberán realizar sus compras por medio de la Administración de Servicios Generales (ASG) y seguir su método y procedimiento uniforme.

Por otra parte, aunque los municipios no están obligados a hacer sus compras y subastas de bienes, obras y servicios no profesionales mediante la ASG, sí deberán adoptar los métodos de licitación y compras excepcionales, así como seguir los procedimientos establecidos al comprar y subastar bienes, obras y servicios no profesionales.

Con el propósito de resaltar la transparencia en la gestión gubernamental, la ley establece que en la página electrónica de la ASG se deberán publicar todos los documentos relacionados con los procesos de publicación, celebración y adjudicación de subastas de toda obra pública y adquisición mediante subasta de bienes y servicios de todas las entidades gubernamentales.

Por su parte, el administrador de la ASG, Ottmar Chávez Piñero, sostuvo que “con esta ley eliminamos 188 reglamentos para dar paso a un solo reglamento uniforme, brindando mayor uniformidad y certeza al proceso, creando un ambiente más competitivo para hacer negocios con Puerto Rico ya que utilizarán las mismas reglas de juego para todas las compras y subastas de bienes, obras y servicios no profesionales”.

Chávez Piñero puntualizó que “asimismo, se trata de una legislación de vanguardia que nos permitirá fiscalizar de manera más ágil y efectiva las operaciones en un marco de total transparencia y visibilidad para el Pueblo de Puerto Rico”.

La medida también adopta el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales, un registro electrónico en el que se harán constar los nombres, direcciones y toda información que requiera la ASG sobre las personas naturales o jurídicas cualificadas y clasificadas como proveedores de servicios profesionales por la ASG para contratar con el Gobierno de Puerto Rico.

Rosselló Nevares manifestó que “sin duda alguna, el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales es una herramienta importante en la lucha contra la corrupción, ya que brinda mayor transparencia y visibilidad a la contratación gubernamental y solamente permite que formen parte de dicho registro las personas que cumplan con los requisitos de ley y reglamentarios que establezca la ASG”.

El gobernador indicó que “agradezco al presidente de la Cámara por su liderato y por la iniciativa de trabajar e impulsar esta medida, consistente con nuestra política pública de mayor transparencia y uniformidad”.

De igual forma, el gobernador firmó el Proyecto del Senado 1327, de la autoría de los senadores Migdalia Padilla y Larry Seilhamer.

Dicha medida extiende el plazo que tiene la Oficina de Gerencia y Presupuesto para evaluar solicitudes de prerretiro hasta el 1 de agosto de 2019, conforme a la Ley 211-2015.

“Con estas enmiendas permitimos que la OGP finalice su evaluación de las solicitudes del Programa de Prerretiro Voluntario, mientras que garantizamos beneficios adicionales a aquellas personas que cualifiquen al programa”, sostuvo Rosselló Nevares.

Asimismo, garantiza la liquidación de los balances acumulados de licencia de vacaciones, enfermedad y tiempo compensatorio que tenga el participante en un periodo de 24 meses luego de que se apruebe la solicitud de prerretiro.

A su vez, el proyecto permite a aquellos participantes mayores de 61 años que puedan participar del Programa de Prerretiro, siempre que no estén participando de otro programa de retiro.