La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la ley para agregar una nueva sección al Código de Incentivos de Puerto Rico a los fines de incorporar las disposiciones de la Ley 216-2011, Ley de Transición del Programa Impulso a la Vivienda, para modificar la vigencia de tales disposiciones que expiraban en el día de hoy.

“Puerto Rico tiene hoy un reto extraordinario de reactivar y estimular los distintos sectores productivos para mitigar los efetos de la caída económica que ha producido el COVID-19, más el impacto de los huracanes Irma y María. Esto, además de la pérdida de ingresos, la caída en los valores de las propiedades inmuebles y el descenso en el sector de construcción y vivienda. Dentro de esa realidad, el sector de la vivienda atraviesa retos particulares para mantener la venta de unidades de nueva construcción, lo cual tiene un efecto significativo en la economía de Puerto Rico”, destacó la gobernadora.

La medida establece que hay segmentos del mercado de vivienda con una demanda significativa de tenencia de vivienda propia, a través de compradores con la capacidad financiera y el interés para adquirir la unidad. Sin embargo, las condiciones fiscales y económicas generales de Puerto Rico hacen imperativo que se establezcan las circunstancias adecuadas para incentivar, alentar y posibilitar que aquellos sectores poblacionales capaces y dispuestos a comprar unidades, puedan completar dichas transacciones.

Mediante estas transacciones, se logra proveer a las familias la estabilidad de un techo digno y seguro, inyectar recaudos estatales y municipales a través del acuerdo de compraventa y financiamiento de la unidad, además, de los efectos económicos múltiples en la cadena de productos y servicios que se activan con la adquisición de una vivienda de nueva construcción.

Por ello, este proyecto extiende la vigencia de los incentivos provistos por la Ley de Transición del Programa Impulso a la Vivienda, pero esta vez incorporando los mismos en el Código de Incentivos de Puerto Rico, con la finalidad de mantener en vigor mecanismos importantes para estimular, incentivar y facilitar la actividad económica y los efectos multiplicadores de la venta y financiamiento de propiedades elegibles bajo dicha ley.  Esta ley fue aprobada originalmente en el año 2011 por el entonces gobernador Luis Fortuño y los alivios expiraban hoy, 31 de diciembre de 2020.  Con esta firma la primera ejecutiva extiende los beneficios de esta ley hasta el año 2030.

Estos incentivos permiten que un sector importante de los consumidores y potenciales compradores de vivienda, se estimulen y se incentiven a adquirir vivienda de nueva construcción, en una economía con serios retos de confianza del consumidor y de grandes retos en los valores de tales propiedades. Es, además, un instrumento para continuar alentando transacciones hipotecarias que nutren el sector financiero e hipotecario, que estimulan la industria de bienes raíces y promueven la inversión en la planificación, diseño, desarrollo, construcción y venta de la industria de la vivienda.

El mínimo efecto de estos incentivos, que ya ha sido parte del panorama fiscal del Gobierno de Puerto Rico por los pasados nueve años, queda superado y compensado por los efectos multiplicadores en la economía y en el fisco, de todas las transacciones inmobiliarias que se promueven y viabilizan con estos incentivos.

“La catástrofe natural, conocida como el huracán María, destruyó las residencias de miles de familias puertorriqueñas que fueron desplazadas y no cuentan con un hogar digno. Otro impacto al sector inmobiliario es el éxodo masivo por parte de familias, hacia diferentes estados de la nación, quienes abandonaron sus hogares y se reestablecieron respectivamente. Con este tipo de medida, se incentiva la venta de propiedades en desuso, pero más que todo se abre una alternativa real para brindar un techo seguro a los cientos de familias que actualmente viven en incertidumbre por la falta de un hogar”, lee la medida.

Agrega que, de igual forma, para brindar certeza y estabilidad al mercado inmobiliario, se decreta la extensión de la vigencia de tales incentivos por un término amplio, que permita incentivar a los consumidores a cerrar tales transacciones, como parte de un programa de incentivos estable y robusto.

La exención temporera sobre la contribución de la propiedad inmueble será por un término de cinco años a partir del otorgamiento de la escritura de compraventa, y se aplicará a toda vivienda elegible bajo las disposiciones de la ley.