El administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), Jesús Rodríguez Rosa, anunció este martes que impulsará enmiendas a la ley con el propósito de incluir, de manera inmediata, la modalidad de una pandemia para otorgar beneficios a trabajadores lesionados, incapacitados o familiares de algún fallecido como consecuencia directa de una pandemia.

“La realidad es que las leyes existentes, como Ley Núm. 45 de 1935, mejor conocida como ‘Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo’, así como las leyes subsiguientes relacionadas con la CFSE no definen, de manera explícita o directa, una pandemia como causal para compensación, particularmente por fallecimiento y aunque tenemos la Ley 56-2020 la cual coloca el COVID-19 como causal, no declara una pandemia, sea del virus que sea, como tal. Esto ha levantado muchas interrogantes y situaciones de cómo es que vamos a trabajar en el futuro con nuestros trabajadores y patronos, de llegar una pandemia asociada a otro virus. Lo que buscamos es que no se tengan que enmendar cada vez la Ley Orgánica Ante esto, se hace imperativo plasmar una enmienda a la ley que aclare esto para el beneficio de todos”, señaló el Administrador de la CFSE en un parte de prensa.

En junio del año pasado se convirtió en ley el Proyecto del Senado 1540 del senador por el Partido Nuevo Progresista William Villafañe. Dicha ley (Ley 56-2020) enmendó el Artículo 3-A de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, con el propósito de asegurar la cobertura de beneficios a cualquier empleado público o privado que resulte contagiado del virus COVID-19 (“coronavirus”), mientras estuviera brindando un servicio autorizado durante la vigencia de la emergencia declarada por la Gobernadora de Puerto Rico, a raíz de la pandemia.

El funcionario adelantó que estará realizando una serie de visitas a la Casa de las Leyes en los próximos días para, junto a los legisladores, delinear una serie de enmiendas que redunden en mayor protección a los primeros respondedores, al igual que transparencia y agilidad con los patronos.

“Este asunto lo hemos dialogado ya con varios legisladores, incluyendo el expresidente de la Cámara (de Representantes), Carlos ‘Johnny’ Méndez y el senador por acumulación William Villafañe, entre otros, y entendemos que la vía legislativa es la indicada para atender esta laguna en las leyes que cobijan la CFSE. El objetivo es facilitar las reclamaciones y compensación, no solo a lesionados, pero el caso de algún fallecimiento como consecuencia de la pandemia en lugar de trabajo, facilitar la compensación a familiares. Tenemos que estar preparados para cualquier otro evento similar y es tiempo de incluir la modalidad de una pandemia en las causales de compensación”, agregó Rodríguez Rosa.

Según su ley orgánica, la Corporación del Fondo del Seguro del Estado está obligada a brindar compensaciones económicas a aquellos trabajadores que, por motivo de un accidente en el empleo o una enfermedad ocupacional, se determine que se encuentran total o parcialmente incapacitados.

El Artículo 3 de la Ley 45 establece que los familiares dependientes de cualquier obrero que fallezca como consecuencia de su trabajo que, al momento de fallecer, esté recibiendo alguna compensación otorgada por el Fondo o esté bajo tratamiento en la misma pueden hacer una reclamación de beneficios por muerte. Este beneficio aplica sólo a aquellos familiares que evidencien ser dependientes del ingreso del obrero y mientras dure tal dependencia.

El Administrador de la CFSE destacó que cualquier nueva legislación también vendrá acompañada de mecanismos que ofrezcan mayor transparencia y asistencia al patrono en casos de cubiertas sobre pandemia.

“Esta es una nueva realidad que nunca se había contemplado en Puerto Rico y es necesario atemperarse a eso”, finalizó diciendo el Administrador.