Los Representantes José “Quiquito” Meléndez, Ramón L. Cruz Burgos y Héctor E. Ferrer Santiago, radicaron un proyecto de ley (P. de la C. 677) con la intención de enmendar el Código Penal de Puerto Rico y disponer que toda persona que, a propósito, o temerariamente detenga u obstruya el tránsito en una autopista será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años.

La iniciativa del grupo de legisladores surge tras la indignación de un sin número de ciudadanos que se vieron atrapados y afectados el pasado domingo, 18 de abril de 2021, donde cientos de motoristas paralizaron el Expreso #22 tras una convocatoria en las redes sociales.  El grupo de motoristas obstaculizó el tránsito mientras los conductores permanecían sin poder tomar acción o moverse del lugar.

Aunque la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico indica en su Artículo 6.23 que “…nadie podrá parar, detener, o estacionar un vehículo o dejarlo abandonado en las vías públicas en forma tal que estorbe u obstruya el tránsito o cuando por circunstancias excepcionales se hiciere difícil el fluir del mismo”, esta disposición solo conlleva una multa de cien (100) dólares. Adicional, el Código Penal de Puerto Rico, argumenta que las acciones de los motoristas podrían constituir un delito a base de lo dispuesto en el Artículo 240 sobre sabotaje de servicios esenciales. Pero ambas leyes existentes no hablan específicamente sobre la obstrucción de vías principales estatales que afectarían el comercio estatal, accesos a hospitales y salas de urgencias, el acceso a puertos y aeropuertos, entre otros servicios esenciales para la ciudadanía.

El representante Meléndez indicó que “No podemos permitir que grupos de personas, que carecen de todo sentido de responsabilidad y civismo hacia el prójimo, se adueñen de nuestras vías públicas sin contemplación alguna. Ese domingo fueron muchas las personas que quedaron atrapadas en el expreso Luis A. Ferré sin tener acceso al principal centro de emergencias de Puerto Rico, el Centro Médico. Los puertorriqueños somos personas de ley y orden, y esta medida va dirigida a reforzar las leyes ya existentes porque resulta imprescindible evitar, por nuestro bienestar como ciudadanos, que unos pocos se adueñen de las calles como sucedió en el expreso #22”.

Estacionamientos para Policías Retirados 

De otra parte, el  grupo de legisladores también radicó una medida legislativa (P. de la C. 678) con el propósito de enmendar la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico” y crear la nueva “División de Veteranos” del Negociado de la Policía de Puerto Rico, la cual estará a cargo de canalizar todos los servicios y necesidades de los Veteranos de la Policía.

Adicional la ley obliga a todas las agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico, los municipios, las entidades privadas que reciban fondos públicos, y todos los centros comerciales, sin importar su clasificación, a separar un (1) espacio de estacionamiento y destinarlo para el uso de los Veteranos de la Policía en reconocimiento al servicio prestado al Pueblo de Puerto Rico.

“Con esta Ley reconocemos la importancia del trabajo realizado por estos distinguidos ex servidores públicos que tuvieron el deber y la obligación de proteger a la ciudadanía, la propiedad pública y privada, mantener y conservar el orden público, y procurar la más absoluta protección de los derechos civiles de nuestro pueblo. Como una medida de justicia para todos estos héroes, entendemos prudente crear esta nueva división que atienda directamente sus reclamos, y que se les reserve un espacio de estacionamiento en honor a sus años de servicio protegiendo y garantizando la paz de nuestro pueblo”, expresó Meléndez.