El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, presentó legislación para establecer la  política pública de la Asamblea Legislativa relacionada con la cláusula de continuidad de los funcionarios y funcionarias a quienes su término les ha vencido y de los que les vencerá posteriormente.

“Lo que buscamos con estas medidas legislativas es darle certeza al proceso de nombramiento, estableciendo de forma clara y uniforme los criterios para determinar la fecha de asumir el cargo y de cese en sus funciones de las personas designadas a ocupar puestos que requieran el consejo y consentimiento del Senado”, explicó Dalmau Santiago.

En diciembre del 2021 el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) atendió una controversia en un caso presentado por el Comisionado del Proyecto Dignidad donde se debía responder si los funcionarios que dirigían la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) podían o no, continuar desempeñando sus funciones legalmente, luego de culminar el término dispuesto en la ley.  Esto al amparo de una “cláusula de continuidad” indefinida (conocida como “holding over”), o sea cuando el texto de la ley establece que dicho funcionario desempeñará las funciones del cargo hasta tanto su sucesor sea confirmado. El TSPR reconoció también que es una prerrogativa de la Asamblea Legislativa, en su función constitucional de legislar, la de aprobar estatutos con disposiciones o mecanismos para vindicar los intereses de las instituciones del Estado Libre Asociado.

“Con esta decisión emitida por el Tribunal Supremo puede darse la situación que un Gobernador no actúe ante un nombramiento cuyo término haya vencido bajo el fundamento de quien ocupe el cargo puede continuar desempeñando el mismo en virtud de una “cláusula de continuidad”.  O sea, un Gobernador que se quede cruzado de brazos, sin enviar al Poder Legislativo un nombramiento para posiciones como la Presidencia de la CEE, el Panel del Fiscal Especial Independiente, el Director Ejecutivo de Ética Gubernamental, la Procuradora de las Mujeres, entre otros, puede extender de forma indefinida el cargo del funcionario bajo una “continuidad” del anterior término”, indicó el Presidente del Senado.

“Dicho de otro modo, podríamos tener funcionarios previamente confirmados en sus cargos por términos de 20 o 30 años si es que el Gobernante de turno o sus sucesores no envían al Senado una designación de un nuevo nombramiento para dichas posiciones.  Esta situación claramente lacera el poder constitucional del consejo y consentimiento del Senado en los nombramientos”, puntualizó.