Como parte de su agenda legislativa, el entrante presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez, radicó el Proyecto de la Cámara 19 el cual crea la ‘Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos’, a los fines de reglamentar la venta y utilización de neumáticos en Puerto Rico, estableciendo unos estándares mínimos de calidad que deberán tener los neumáticos puestos a la venta.
La pieza legislativa prohíbe la instalación y venta de los siguientes neumáticos: que tenga una banda de rodamiento inferior a 4/32 de pulgada de profundidad, que presente fragmentación, protuberancias, nudos o chichones que evidencian separación o daños de la cinta, capa o banda de rodadura u otro material adyacente y que tenga expuestos los cordones de los neumáticos o el material de la banda como resultado de daños a la goma, que tenga más de seis años de fabricada o que haya transcurrido su fecha de expiración, lo que ocurra primero, entre otros.
Según la Exposición de Motivos de la medida, “es preciso reconocer que, en Puerto Rico, la industria de neumáticos usados ha crecido a grandes escalas durante la pasada década. La razón principal para ello es que los neumáticos usados son considerablemente más baratos que los nuevos, lo que se traduce en un ahorro significativo para el consumidor. Al presente, no existe ley alguna en Puerto Rico que regule la venta de estos neumáticos. Dicha desregulación representa un problema serio de seguridad pública, pues la data ofrecida por la Asociación de Fabricantes de Caucho (RMA, por sus siglas en inglés) refleja que muchos de los neumáticos usados que son vendidos, incumplen con los estándares de calidad mínimos que se necesitan para garantizar la seguridad del conductor”.
Para propósitos de transitar por las vías públicas en Puerto Rico, se prohíbe el uso de gomas o neumáticos, con una banda de rodamiento inferior a 2/32 de pulgada de profundidad y que no cumplan con los otros estándares de seguridad antes enumerados y por lo tanto estén en violación a las disposiciones de esta Ley
Están eximidos los vehículos que participan en carreteras de autos.
Siete estados están considerando legislación para implantar estándares de seguridad para neumáticos usados y prohibir la venta de los que no cumplan con estos. Los estados de Florida, Georgia, Indiana, New Jersey, Oklahoma, South Carolina y Texas, se unirán a Colorado, que aprobó una legislación al respecto el año pasado.
El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, tendrá la responsabilidad de promulgar aquella reglamentación que se entienda pertinente para lograr la efectiva consecución de las disposiciones contenidas en esta Ley.