Revelan mapa electoral de Puerto Rico por los próximos diez años

1053
Foto de archivo

La séptima Junta Constitucional de Revisión de Distritos Electorales Senatoriales y Representativos —configurada por su presidenta, Maite D. Oronoz Rodríguez, jueza presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, el licenciado Ferdinand Mercado Ramos y Edwin Mundo Ríos— presentó este jueves su Determinación Final en torno a la nueva configuración geográfica de los distritos senatoriales y representativos de la Asamblea Legislativa que entrará en vigor desde el próximo ciclo electoral.

Tras cumplir con un plan de trabajo riguroso, la Junta Constitucional adoptó unánimemente la Revisión de Distritos Senatoriales y Representativos.

Con esta determinación, la Junta Constitucional presentó al pueblo de Puerto Rico los mapas aprobados con la revisión de los distritos electorales que regirán a partir de las elecciones de 2024, y en lo sucesivo, por los próximos diez años. Conforme al mandato constitucional, esta encomienda se realizó a tenor de los cambios poblacionales registrados en Puerto Rico, según disponen los datos del Censo de 2020 publicados por el Negociado del Censo de los Estados Unidos.

La presidenta de la Junta Constitucional, Oronoz Rodríguez, destacó la seriedad y la diligencia que caracterizaron los trabajos desde sus inicios. La Junta Constitucional promovió la participación ciudadana desde una etapa temprana del proceso, al celebrar una vista pública el 16 de diciembre de 2021 en la cual la ciudadanía tuvo la oportunidad de exponer propuestas de redistribución electoral y análisis académicos sobre su metodología. Asimismo, la Junta Constitucional ponderó en su determinación final comentarios y sugerencias presentadas por escrito a esos fines, además de mantener accesible los documentos e información pertinente para la ciudadanía a través de su portal electrónico.

Al igual que sus integraciones previas, esta Junta Constitucional adoptó unos Principios para la Revisión de los Distritos Senatoriales y Representativos con el fin de guiar su discreción y garantizar que su determinación final cumpliera con el mandato constitucional de que la redistribución se diera a base de la población y la comunicación entre quienes componen un mismo distrito. Entre estos lineamientos, figura el requisito de igualdad poblacional entre los distritos electorales conocido como “una persona, un voto”, así como criterios establecidos constitucionalmente que incluyen la contigüidad, la compacidad, la comunicación y el balance poblacional.

Entre los cambios principales que la Junta Constitucional adoptó al nivel senatorial, se incluye alteraciones mínimas en barrios pertenecientes a los Distritos Senatoriales I y II. Asimismo, para acercarse al balance poblacional ideal, el Distrito Senatorial III cedió el municipio de Ciales, mientras el Distrito Senatorial IV, cedió el municipio de Las Marías, ambos ahora incorporados al Distrito Senatorial V. Los Distritos Senatoriales VI, VII y VIII no sufrieron alteración alguna con respecto a la configuración resultante de la Redistribución Electoral del 2011.

En el caso de los distritos representativos, el 25, 29, 32, 35, 36 y 37 permanecieron inalterados con respecto a la configuración anterior. Los restantes treinta y cuatro distritos representativos sufrieron alguna modificación con respeto a la Redistribución Electoral del 2011.

La presidenta de la Junta Constitucional invitó a la ciudadanía a examinar el detalle de la redistribución visitando el portal de la Junta Constitucional. También hizo un llamado para que una nueva generación se interese en el estudio y la elaboración de la redistribución como elemento esencial de la democracia representativa.

Cualquier persona que interese objetar en todo o en parte el plan de redistribución aprobado, puede presentar por escrito sus señalamientos a la Presidenta de la Junta Constitucional a partir de mañana, 22 de julio de 2022, y por un término de diez días calendario, enviando un correo electrónico a la dirección: comentariosjuntaconstitucional@poderjudicial.pr. Igualmente, el escrito se podrá someter en el mismo término mediante correo postal a la dirección: Junta Constitucional de Revisión de Distritos Electorales Senatoriales y Representativos, Tribunal Supremo, Atención: Jueza Presidenta del Tribunal Supremo, P.O. Box 9022392, San Juan, Puerto Rico 00902-2392. Se atenderán únicamente aquellos escritos que identifiquen quien suscribe la objeción y que estén firmados.

Para obtener copia de la Determinación Final, sus anejos e información adicional relevante, visite el portal de la Junta Constitucional de Revisión de Distritos Electorales Senatoriales y Representativos en: https://juntaconstitucionalderedistribucion.pr/.