Impulsan Ley de Seguridad en Piscinas Residenciales para prevenir accidentes y muertes de menores

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Stainless ladder of swimming pool. Outdoor background. Top view with copy space. Water activity.

En un esfuerzo por fortalecer las medidas de seguridad en hogares con piscinas y prevenir tragedias relacionadas con el ahogamiento de menores, el Representante por Acumulación José “Ché” Pérez Cordero radicó el Proyecto de la Cámara 1900, el cual establece la “Ley de seguridad en las piscinas residenciales en Puerto Rico.”

La legislación propuesta tiene como objetivo establecer normas mínimas de seguridad para hogares con piscinas en la isla, especialmente aquellos donde residan uno o más menores de 6 años. El proyecto exige la instalación de vallas de seguridad con alarmas, así como la elaboración de un Protocolo de Intervención por parte del Instituto de Ciencias Forenses en casos de aparente ahogamiento de menores de 6 años en piscinas.

El Representante Pérez Cordero, enfatizó la importancia de la responsabilidad compartida de los adultos en la prevención de accidentes y tragedias relacionadas con piscinas. “Hemos sido testigos de casos recientes de accidentes y muertes de menores en piscinas, lo que nos motiva a legislar para garantizar una mayor seguridad y prevenir incidentes tan lamentables. Es importante buscar alternativas que han resultado eficientes en otras jurisdicciones y que tiene como resultado prevenir estas situaciones, salvaguardando de esta forma la vida de los menores.”, expresó Pérez Cordero.

La legislación establece requisitos específicos para las vallas de seguridad de las piscinas, consideradas la forma más efectiva de prevenir el ahogamiento de niños pequeños. Las vallas deben contar con cierre de seguridad automático, asegurando que no puedan quedar abiertas por descuido. Además, el sistema de apertura y cierre no debe ser accesible para la manipulación por parte de un niño, y la altura mínima de la valla alrededor de la piscina debe ser de 48 pulgadas. La elaboración de dicha reglamentación recaerá en el Departamento de Seguridad Pública, abundó el legislador.
El incumplimiento de estos requisitos podría resultar en multas de hasta $5,000.00 y se considerará como una circunstancia agravante de responsabilidad.

La medida se encuentra ante la consideración de la Comisión de Seguridad Pública, Ciencia y Tecnología, de la Cámara de Representantes.