El juez Superior Anthony Cuevas Ramos desestimó el martes, una demanda de interdicto preliminar contra el Departamento de Salud tras el secretario, Lorenzo González Feliciano negarse a aceptar 51 mil pruebas COVID-19.

“De un análisis de la jurisprudencia interpretativa sobre el tema de los daños irreparables, podemos observar que 313 no cumple con este estándar. Los asuntos traídos en esta demanda son controversias que surgen de acuerdos entre 313 y el Gobierno de Puerto Rico como parte de un contrato de compraventa.”, expresó el juez Cuevas Ramos en su sentencia.

313 LLC VS DEPARTAMENTO SALUD ELA SJ2020CV02667 SENTENCIA

“Estas son controversias que se deben resolver en el proceso ordinario, y no mediante la presentación de un recurso extraordinario. Nos parece claro que existe otro remedio al cual los demandantes tienen acceso. En adición, lo solicitado por los demandantes como remedio preliminar constituiría una resolución final de la controversia. O sea, el obligar al Departamento de Salud a recibir las pruebas de manera preliminar le daría fin a la controversia que reclama 313 que existe entre las partes. 313 no puede aprovecharse del mecanismo interdictal para evitar la posible renegociación de un contrato. Para eso no existen los remedios en equidad. No perdamos de perspectiva que, al final y a la postre, de lo que estamos hablando es de fondos públicos, dicho de otro modo, el dinero del pueblo”, arguyó el juez.

“Por los fundamentos expuestos, entendemos que no procede la concesión del injunction preliminar por falta del requisito esencial de que exista un daño irreparable, ni la expedición de una sentencia declaratoria, pues el demandante no ha establecido la existencia o inminencia de un daño claro y real. En vista de lo anteriormente expresado, dictamos Sentencia desestimando la Demanda de sentencia declaratoria y solicitud de injunction preliminar, presentado por 313 LLC., por falta de un daño irreparable al existir remedios ordinarios para la resolución de la controversia”, sentenció Cuevas Ramos.

En este caso, 313 reclamó que el Departamento de Salud se está negando a recibir 51,000 pruebas de NOVA TEST, las cuales el gobierno había pagado, pero ahora está intentando renegociar. Estos le solicitan a este Tribunal que emita un injunction preliminar en el cual se le ordene al Departamento de Salud a recibir las pruebas que ya se habían pagado.

El Tribunal emitió una orden en la cual expresó estar analizando la evidencia sometida, así como las alegaciones de la demanda en busca de los alegados daños irreparables, a tenor con la jurisprudencia.

A esto, 313 expresó que el daño irreparable es a las pruebas, ya que se pudiera perder su uso por el lapso del tiempo.