Gobernador promulga guías para proteger la libertad religiosa y garantizar servicios sin discrimen

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El gobernador Ricardo Rosselló Nevares reveló hoy las guías adoptadas por el Departamento de Justicia para la protección de la libertad religiosa en el Gobierno y para garantizar que todo ciudadano reciba servicios públicos sin discrimen.

El 6 de octubre de 2017, el primer ejecutivo emitió la Orden Ejecutiva 2018 52 en la que se encomendó al Departamento de Justicia la creación de unas guías sobre la protección de la libertad religiosa al amparo de un memorando del Departamento de Justicia federal de 2017.

“Estas guías recogen los parámetros federales de un derecho fundamental que cobija a cada puertorriqueño en la isla. Como hicimos con la Ley 4-2017 en el campo laboral privado, estas guías reconocen un principio cardinal de nuestra democracia para que cada ciudadano practique su fe sin temor ni represalias”, adelantó Rosselló Nevares.

El primer ejecutivo añadió que “estas guías establecen, claramente, el derecho de todo ciudadano a recibir servicios del Gobierno sin ningún tipo de discrimen o maltrato. Dar un acomodo razonable a una persona para no afectar sus creencias religiosas no debe interrumpir los servicios que damos a nuestro pueblo de forma inclusiva”.

Entre los principios más sobresalientes de las guías se especifica que los ciudadanos no renuncian a su libertad religiosa por el hecho de, entre otras cosas, interactuar con el Gobierno.

Además, que el Gobierno no discriminará por razón de religión contra individuos, corporaciones sin fines de lucro o entidades religiosas, mediante la limitación del acceso a fondos, materiales, propuestas, préstamos u otros programas que estén disponibles a entidades que ofrezcan servicios a comunidades, grupos o individuos.

También se especifica que el Gobierno no puede favorecer o desfavorecer oficialmente a grupos religiosos en particular y que tampoco puede intervenir con la autonomía de una organización religiosa.

La secretaria del Departamento de Justicia, Wanda Vázquez Garced, explicó que los 20 principios que componen las guías enmarcan la actualidad jurídica de la libertad religiosa, cómo aplica a individuos y organizaciones, cómo interactúa con el Gobierno y cuáles son las limitaciones del Gobierno ante este derecho fundamental.

“Es la primera vez que se explica en detalle lo que es el derecho fundamental a la libertad religiosa, más allá del concepto de libertad de culto. Es un derecho que, además, cubre la práctica y la observancia”, puntualizó la secretaria.

Asimismo, como dispone el estatuto federal, en las guías también se discute la aplicación a Puerto Rico de la Ley federal de Restauración de Libertad Religiosa de 1993; y el uso de las Directrices Clinton del expresidente Bill Clinton sobre el ejercicio religioso y la expresión religiosa en el ámbito laboral.

El director de la Oficina del Tercer Sector y Base de Fe, Héctor A. Albertorio, manifestó que “estas guías dejan claro el estado de derecho vigente en cuanto a la libertad religiosa, reforzando nuestra política pública de cero discrimen en el Gobierno”.

Albertorio explicó que estas guías no son un instrumento para negar servicios del Gobierno a nadie y que los servicios están disponibles para toda persona que los requiera y solicite.

“Con estas guías reafirmamos nuestros valores de respetar la libertad religiosa de nuestros ciudadanos con mecanismos para la petición de acomodo razonable como exigen las normas federales que aplican a Puerto Rico. Somos un Gobierno que respeta y valora la libertad y la diversidad religiosa”, concluyó el director.