Gobierno emite recomendaciones para transportistas durante la emergencia COVID 19

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El presidente del Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP), Lcdo. Luis García Fraga y el secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Ing. Manuel Laboy Rivera, anunciaron mediante Carta Circular las recomendaciones para los transportistas que entregan mercancía durante la emergencia del COVID-19.

“La presente Carta Circular conjunta entre el DDEC y el NTSP se aplicará a todo comercio bajo la jurisdicción del NTSP que esté autorizado a operar durante la crisis del COVID-19 conforme a la Orden Ejecutiva decretada por la gobernadora Wanda Vázquez Garced”, manifestó el presidente del NTSP.

Por su parte, el secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio expresó que “desde que comenzó la emergencia a causa de la propagación del COVID-19, el Gobierno desarrolla diversas iniciativas interagenciales para garantizar, no solo la seguridad y salud de los trabajadores, sino la continuidad de las operaciones de servicios esenciales. Esta Carta Circular aclara el marco regulatorio para estas operaciones, de manera que se salvaguarde la salud de los trabajadores de los sectores Industrial, Comercial y Empresarial, que es muy importante en estos momentos de emergencia. Contamos con el apoyo de todos los integrantes de estos sectores para juntos continuar en la ardua tarea de sostener el desarrollo económico de Puerto Rico”.

Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) emitieron un comunicado para aquellos transportistas que entregan mercancía en el área de la ciudad de Nueva York.

En esta comunicación, indicaron que los transportistas deben quedarse en sus vehículos el mayor tiempo posible mientras la carga es depositada o descargada del vehículo. Además, deben de evitar estar dentro de 6 pies de otros ciudadanos mientras sea posible cuando abandonen sus vehículos. Además, recomiendan que los transportistas deben moverse al uso de recibos electrónicos, entre otras cosas.

García Fraga añadió que “estas recomendaciones de los CDC son cónsonas con las nuevas prohibiciones dispuestas en el Código de Reglamentos del NTSP. Es nuestro mayor interés velar por la seguridad de nuestros transportistas, comerciantes y ciudadanía en general. Todas las medidas que nos ayuden a prevenir la propagación del virus, deben asumirse con prontitud”.

Se sugiere que todo comercio deberá recibir la entrega por factura o cualquier método digital, y no mediante el proceso de la utilización del escáner.

Asimismo, se detallaron las medidas incluidas en la Carta Circular. Todo comercio que requiera a un operador de un vehículo de transporte de carga realizar una entrega a una distancia mayor de 10 pies del área o la rampa para la entrega de carga del comercial, casa o local del trabajo de consignatario, de lo contrario, el comercio se expone a una Multa Administrativa de $10,000 por infracción.

A su vez, todo comercio que permita que el tiempo de espera del transportista de carga cuando realiza una entrega sea mayor de una hora, se expone a una Multa Administrativa de $100.

Además, se investigarán todas las quejas o querellas que presenten los transportistas debido a estas infracciones. Igualmente, los agentes del NTSP podrán fiscalizar de forma aleatoria el cumplimiento de la Carta Circular y expedir las Multas Administrativas correspondientes.