Puerto Rico emite guía para el “Staking” y lo clasifica como Servicio Elegible para una Tasa de Impuesto del 4%

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El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (“DDEC”) ha publicado una guía para que los activos digitales basados en tecnologías blockchain y su validación sean elegibles para recibir una tasa favorable de 4%.

“Puerto Rico está camino a convertirse en el líder tecnológico de la región y a través de este esfuerzo buscamos ser proactivos para atender una tecnología emergente, sobre la cual se está creando mucha actividad económica a nivel mundial, y la Isla no debe ser la excepción,” destacó Manuel Cidre, secretario del DDEC.

Por primera vez, el Gobierno de Puerto Rico ha proporcionado definiciones para validación de blockchain, staking, minería y activos digitales entre otros. La guía brinda certeza y estabilidad para las personas y empresas en el espacio web3 que buscan reubicarse.

“En reiteradas ocasiones recibimos consultas relacionadas con el “blockchain”, para aclarar qué actividades podrían ser elegibles bajo el Código de Incentivos. Esta Carta Circular brinda un marco legal preciso y certero, que posiciona a Puerto Rico a la vanguardia de esta tecnología a nivel mundial”, dijo Carlos Fontán, director de la Oficina de Incentivos Empresariales del DDEC.

Durante casi 100 años, Puerto Rico ha construido su economía a través de programas de incentivos, ya sea caña de azúcar, productos farmacéuticos o manufactura. Este proceso ha requerido un ecosistema dinámico para mantener a la par la competitividad de Puerto Rico con otras jurisdicciones, por lo que Puerto Rico ha adoptado, en diferentes momentos, incentivos contributivos dinámicos como parte de sus esfuerzos para responder de manera efectiva al entorno empresarial global en constante cambio.

“Un impuesto del 4 % sobre los ingresos generados por dichos activos es una victoria para Puerto Rico”, dijo Keiko Yoshino, directora ejecutiva de la Asociación de Blockchain de Puerto Rico. “Desarrollar ingresos fiscales consistentes es el primer paso para crear flujos de financiamiento dedicados para programas de impacto social que aborden problemas como la pobreza infantil, que se encuentra en un alarmante 57 %” añadió Yoshino.

En 2019, bajo la Ley 60, el gobierno consolidó setenta y tres de los incentivos fiscales de la isla en un solo capítulo, incluidos los “servicios de exportación” conocidos formalmente como la Ley 20. El incentivo de servicios de exportación permite que cualquier empresa que exporte un servicio fuera de la isla califique para una tasa de impuesto corporativo del 4%. Los fabricantes de software, las empresas de comunicación, los creativos, los consultores e incluso los centros de llamadas han estado utilizando el servicio de exportación durante la última década.

“Puerto Rico tiene uno de los programas de incentivos contributivos más competitivos del mundo, pero actualmente está subutilizado, incluso por los fundadores, creativos y empresarios locales, debido a la falta de conocimiento respecto al beneficio de estos incentivos. Es por eso, por lo que la campaña de educación de PRBTA, L60PR, es tan importante”, dijo Gustavo Diaz Skoff, quien funge como educador para los talleres que organiza el gremio sobre la Ley60. “Aunque los puertorriqueños locales son elegibles para 72 de los 73 incentivos contributivos, no son elegibles para ganancias de capital del 0% a menos que hayan estado fuera de la isla entre 2006 y 2014. No obstante, como resultado de la orientación del DDEC, cualquier persona que participe en la validación de la cadena de bloques puede recibir el beneficio fiscal del 4 %”, puntualizó Díaz Skoff.

Para obtener más información sobre la PRBTA y la Ley60 , visite www.prblockchain.org o  sus páginas en las redes sociales de Facebook, Instagram, Twitter o LinkedIn.